Todo lo que necesitas saber sobre el nuevo IGV a los servicios digitales en Perú

A partir del 1° de octubre de 2024, los servicios digitales en Perú, como Netflix, Prime, Disney+, y otros similares, comenzarán a estar sujetos a una nueva tasa del 18% de IGV. Este cambio surge del Decreto Legislativo 1623, emitido por el Poder Ejecutivo, que modifica la Ley del IGV para incluir los servicios digitales prestados por proveedores no domiciliados en el país.

Todo lo que necesitas saber sobre el nuevo IGV a los servicios digitales en Perú

¿Qué servicios digitales estarán afectados?

La norma establece que cualquier servicio digital prestado por internet o cualquier otra red en línea, que sea esencialmente automático y no viable sin tecnología, estará sujeto al IGV. Esto incluye, pero no se limita a:

  • Servicios de streaming de video y audio, como Netflix, Prime Video, Disney+, Spotify, y otros.
  • Almacenamiento en la nube, como Google Drive o Dropbox.
  • Acceso y funcionalidades en redes sociales, como Facebook o Instagram.
  • Servicios de noticias y revistas en línea.
  • Plataformas de conferencias virtuales.
  • Intermediación en la compra y venta de bienes o servicios, como lo que hacen Uber o Airbnb.

¿Qué bienes intangibles estarán gravados?

Además de los servicios digitales, la ley también afecta a los bienes intangibles que se importen a través de internet. Estos son aquellos bienes que se descargan y adquieren de manera definitiva, como software, aplicaciones, juegos, y cualquier otro tipo de contenido digital.

¿Quiénes son los sujetos del impuesto?

El impuesto está dirigido principalmente a las personas naturales domiciliadas en Perú que no realizan actividad empresarial. Si usas servicios digitales prestados por proveedores no domiciliados o importas bienes intangibles para uso personal, estarás sujeto a este IGV.

¿Cómo se determina que los servicios se consumen en Perú?

El consumo de servicios digitales se considerará realizado en Perú si:

  • La dirección IP desde la cual accedes al servicio está en Perú.
  • El código de tu tarjeta SIM corresponde a Perú.
  • Pagas los servicios usando tarjetas de crédito o débito de bancos peruanos.
  • El domicilio registrado ante el proveedor del servicio está en Perú.

Recaudación y Pago del IGV

Los proveedores no domiciliados de estos servicios actuarán como agentes de retención o percepción del impuesto. Esto significa que, al momento de pagar tu suscripción o servicio, el proveedor ya incluirá el IGV en el precio. Estos proveedores deben inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) en Perú, aunque no necesitan tener un domicilio o representante en el país.

Si el proveedor no cumple con esta obligación, serán las entidades financieras (como los bancos) las encargadas de retener el impuesto al momento del pago. Esto garantiza que el IGV se recaude de manera efectiva, incluso si el proveedor no se ha registrado correctamente.

¿Qué sigue?

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicará próximamente las normas reglamentarias para asegurar la correcta aplicación de este nuevo sistema impositivo. Esto incluirá detalles sobre cómo se manejarán las retenciones y percepciones, así como los procedimientos que deberán seguir los proveedores de servicios digitales y las instituciones financieras.

Índice
  1. ¿Qué servicios digitales estarán afectados?
  2. ¿Qué bienes intangibles estarán gravados?
  3. ¿Quiénes son los sujetos del impuesto?
  4. ¿Cómo se determina que los servicios se consumen en Perú?
  5. Recaudación y Pago del IGV
  6. ¿Qué sigue?

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